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Normativa

Normativa Internacional sobre Embalajes

La Norma Internacional sobre Medidas Fitosanitarias (NIMF) nº 15 establece las Medidas Fitosanitarias de obligado cumplimiento para reducir el riesgo de introducción y diseminación de plagas a través de embalajes de madera. Entre estas medidas están los tratamientos de desinsectación y la eliminación de las cajas y embalajes sospechosos de sufrir una infestación con peligro de evolución a plaga. La Unión Europea ha incorporado los tratamientos fitosanitarios de esta normativa a la legislación comunitaria mediante la modificación de la Directiva 2000/29/EC que ha entrado en vigor en Marzo de 2005.

Estas directrices se aplican a todo embalaje compuesto de madera en bruto de coníferas y no coníferas que pueda representar una vía para la introducción de plagas y que suponen una amenaza, sobre todo, para los árboles y plantas vivas.

La aplicación de la normativa NIMF nº 15 es de obligado cumplimiento sobre cualquier embalaje de madera, como por ejemplo:

Palés. – La madera de estiba, empleada para asegurar o sostener la carga. – Jaulas, bloques, barriles y cajones. – Tablas para carga.

Los collarines de paleta y los calces. La madera de contrachapado está libre de tratamiento, pudiendo lucir en el exterior de la caja de modo visible la siguiente leyenda, que notifica su exención de tratamientos fitosanitarios: “Packing materials used area exempt of phytosanitary treatment. FAO NIMF n 15”.

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